viernes, 18 de noviembre de 2011

Propiedad intelectual y derechos de autor

Ley 25.036 11-11-1998
Artículo 1º: A los efectos de la presente ley, las obras científicas, literarias y artísticas comprenden los escritos de toda naturaleza y extensión, entre ellos los programas de computación fuente y objeto; las compilaciones de datos o de otros materiales; las obras dramáticas, composiciones musicales, dramático-musicales; las cinematográficas, coreográficas y pantomímicas; las obras de dibujos, pintura, escultura, arquitectura; modelos y obras de arte o ciencia aplicadas al comercio o a la industria; los impresos, planos y mapas; los plásticos, fotografías, grabados y fonogramas; en fin; toda producción científica, literaria o didáctica, sea cual fuere el procedimiento de reproducción. La protección del derecho de autor abarcará la expresión de ideas, procedimientos, métodos de operación y conceptos matemáticos pero no esas ideas, procedimientos, métodos y conceptos en sí.
La ley 11.723 establece la protección de su régimen. Lo hace en términos generales, denominando “obras científicas, literarias y artísticas” a las creaciones intelectuales que tutela y abarcando en la categoría a “toda producción científica, literaria, artística o didáctica sea cual fuere el procedimiento de reproducción”.  El artículo incluye una lista de ejemplos de obras comprendidas en la definición, que tiene finalidad únicamente ilustrativa, siendo en este artículo y lista donde la ley N° 25.036 ha introducido las modificaciones más importantes.
Piratería informática: es la distribución o reproducción ilegal de las fuentes o aplicaciones de software para su utilización comercial o particular. Sea deliberada o no, la piratería informática es ilegal y está castigada por la ley.
Formas en las que se presentan las piraterías informáticas:
  • Duplicado de usuario con licencia para usuarios sin licencia
  • Distribución ilegal a través de internet
  • Distribución de versiones educativas especiales a clientes sin autorización
  • Distribución de fuentes o software falsos

Leyes de copyright: protegen al drama, la literatura, la música, la arquitectura, las esculturas y otras “obras intelectuales.” Estas leyes se diseñaron para asegurar que se reconozca y se recompense al artista por su obra.
Lo puede poseer el autor o el creador del trabajo, puede durar de entre 67 a 95 años.
Oficina de copyright de los Estados Unidos:
Derecho de autor: es un conjunto de normas jurídicas y principios que regulan los derechos morales y patrimoniales que la ley concede a los autores, por el solo hecho de la creación de una obra literaria, artística, científica o didáctica, esté publicada o inédita.  

Privacidad y proteccion de datos personales

Como proteger tu privacidad en internet:
            ·         Para usar una computadora en público
Cada vez que exploras la web, parte de la información de tus visitas se envía automáticamente al proveedor de alojamiento web.
El filtrado te ayuda a controlar esta información y a elegir qué proveedores (si es que alguno) reciben información sobre los lugares que visitas. Esto es especialmente práctico cuando usas una computadora en un lugar público

·         Cómo establecer contraseñas difíciles de descifrar

A algunos esto les parecerá obvio, pero ¿cuántos pecamos de usar la misma contraseña en muchos lugares? Y lo que es peor, si tu contraseña es poco compleja, podría ser relativamente fácil de descifrar. Sigue estos consejos prácticos para fortalecer tu protección. Evita utilizar el apellido de soltera de tu madre o información personal tal como la dirección de tu casa o la fecha de tu cumpleaños

·         Amenaza de contenido malintencionado

Los sitios web están teniendo problemas de contenido malicioso cada vez con mayor frecuencia.
Los enlaces que figuran en los sitios perjudicados pueden dirigir a los usuarios a otros sitios aún más maliciosos, que ponen en peligro tanto a los usuarios como a sus computadoras. Y si bien los virus, el malware y demás programas desagradables hacen más lenta la PC

·         No te expongas

La mayor amenaza proviene de los programas maliciosos que registran las teclas que presionas y roban tus datos bancarios, tu información personal y tus contraseñas.
Una lección importante que es mejor aprender por las buenas es no dejar tu laptop, los documentos financieros y el pasaporte uno cerca de otro. Y con la misma filosofía, siempre debes comprobar por partida doble que el sitio que estés visitando sea genuino
Ley de Habeas data
La presente ley tiene por objeto la protección integral de los datos personales asentados en archivos, registros, bancos de datos, u otros medios técnicos de tratamiento de datos, sean éstos públicos, o privados destinados a dar informes, para garantizar el derecho al honor y a la intimidad de las personas, así como también el acceso a la información que sobre las mismas se registre, de conformidad a lo establecido en el artículo 43, párrafo tercero de la Constitución Nacional.

Las disposiciones de la presente ley también serán aplicables, en cuanto resulte pertinente, a los datos relativos a personas de existencia ideal. En ningún caso se podrán afectar la base de datos ni las fuentes de información periodísticas.


Definiciones:

A los fines de la presente ley se entiende por:
- Datos personales: Información de cualquier tipo referida a personas físicas o de existencia ideal determinadas o determinables.

- Datos sensibles: Datos personales que revelan origen racial y étnico, opiniones políticas, convicciones religiosas, filosóficas o morales, afiliación sindical e información referente a la salud o a la vida sexual.- Archivo, registro, base o banco de datos: Indistintamente, designan al conjunto organizado de datos personales que sean objeto de tratamiento o procesamiento, electrónico o no, cualquiera que fuere la modalidad de su formación, almacenamiento, organización o acceso.

- Tratamiento de datos: Operaciones y procedimientos sistemáticos, electrónicos o no, que permitan la recolección, conservación, ordenación, almacenamiento, modificación, relacionamiento, evaluación, bloqueo, destrucción, y en general el procesamiento de datos personales, así como también su cesión a terceros a través de comunicaciones, consultas, interconexiones o transferencias.

- Responsable de archivo, registro, base o banco de datos: Persona física o de existencia ideal pública o privada, que es titular de un archivo, registro, base o banco de datos.

- Datos informatizados: Los datos personales sometidos al tratamiento o procesamiento electrónico o automatizado.

- Titular de los datos: Toda persona física o persona de existencia ideal con domicilio legal o delegaciones o sucursales en el país, cuyos datos sean objeto del tratamiento al que se refiere la presente ley.

- Usuario de datos: Toda persona, pública o privada que realice a su arbitrio el tratamiento de datos, ya sea en archivos, registros o bancos de datos propios o a través de conexión con los mismos.

- Disociación de datos: Todo tratamiento de datos personales de manera que la información obtenida no pueda asociarse a persona determinada o determinable

viernes, 11 de noviembre de 2011

wiki

Wiki: es un sitio web cuyas páginas pueden ser editadas por múltiples voluntarios a través del navegador web. Los usuarios pueden crear, modificar o borrar un mismo texto que comparten.  Los textos tienen títulos únicos
Edublog es un blog escrito por alguien vinculado a la educación
Blogósfera: es el término bajo el cual se agrupa la totalidad de weblogs.
Blogonauta: Es el que navega o visita muchos
Blogging: es publicar mensajes o artículos con cierta periodicidad en un sitio Web
Blogfolio: Es un Blog en el cual se colocan los diferentes recursos digitales que nos resultan de interés para nuestro vida personal o práctica profesional. En un blogfolio el docente puede ir registrando sus producciones, reflexiones acerca del proceso de educación, experiencias, recursos multimedia, etc.
Fotolog: es un popular sitio web que ofrece un sistema de blogs, basados en fotografías. Personas en todo el mundo tienen su galería personal de fotos; además, es una red social, por lo que es muy fácil estar conectado con otras personas de todo el planeta y tiene 22 millones de miembros en más de 200 países.

normas de comportamiento de la red

Reglas de comportamiento en internet


  • La persona que lee el mensaje es en efecto humana con sentimientos que pueden ser lastimados. No hagas a otros lo que no quieras que te hagan a ti.
  • Adhiérase a los mismos estándares de comportamiento en línea que usted sigue en la vida real.
  • Escribir todo en mayúsculas se considera como gritar y además, dificulta la lectura.
  • Respete el tiempo y ancho de banda de las otras personas.
  • Muestre el lado bueno de su persona mientras se mantenga en línea.
  • Comparta su conocimiento con la comunidad.
  • Ayude a mantener los debates en un ambiente sano y educativo.
  • Respete la privacidad de terceras personas, hacer un grupo contra una persona está mal.
  • No abuse de su poder.
  • Perdone los errores ajenos.

Deberíamos considerar lo que escribimos a las demás personas ya que podemos herirlas. Los comportamientos que tenes en la vida tiene que ser igual a la de en linea. Por estar lejos de la otra persona no te hace capaz de discriminarlas ya que las tienes que respetar.

Comunidades virtuales


Una Comunidad Virtual es un grupo de personas que comprende los siguientes elementos:


·       Desean interactuar para satisfacer sus necesidades o llevar a cabo roles específicos.
·       Comparten un propósito determinado que constituye la razón de ser de la comunidad virtual.
·       Con unos sistemas informáticos que median las interacciones y facilitan la cohesión entre los miembros.
El mayor freno que existe al desarrollo de comunidades es la dificultad de organización interna de las mismas. En muchos casos, se pierde demasiado tiempo creando la estructura de la comunidad, con lo que se llega a perder el verdadero sentido de la misma, confundiendo la estructura con el ser del grupo.
La comunidad Virtual queda definida por 3 aspectos distintos:

·       La comunidad virtual como un lugar: en el que los individuos pueden mantener relaciones de carácter social o económico.
·       La comunidad virtual como un símbolo: ya que la comunidad virtual posee una dimensión simbólica. Los individuos tienden a sentirse simbólicamente unidos a la comunidad virtual, creándose una sensación de pertenencia.
·       La comunidad virtual como virtual: las comunidades virtuales poseen rasgos comunes a las comunidades físicas, sin embargo el rasgo diferenciador de la comunidad virtual es que ésta se desarrolla, al menos parcialmente, en un lugar virtual, o en un lugar construido a partir de conexiones telemáticas.
Objetivos:

Los objetivos principales de la comunidad virtual son los siguientes:
·       Intercambiar información (obtener respuestas)
·       Ofrecer apoyo (empatía, expresar emoción)
·       Conversar y socializar de manera informal a través de la comunicación simultánea
·       Debatir, normalmente a través de la participación de moderadores.

·       Plataformas virtuales: se refieren, a la tecnología utilizada para la creación y desarrollo de cursos o módulos didácticos en la Web (sibal)que se usan de manera más amplia en la Web 2.0 
·       E-learning: Se lo denomina la educación a distancia completamente virtualizada a través de los nuevos canales electrónicos, utilizando para ello herramientas o aplicaciones de hipertexto como soporte de los procesos de enseñanza-aprendizaje
·       B-learning: Consiste en un proceso docente semi presencial; esto significa que un curso dictado en este formato incluirá tanto clases presenciales como actividades de e-learning. Este modelo de formación hace uso de las ventajas de la formación 100% on-line y la formación presencial, combinándolas en un solo tipo de formación que agiliza la labor tanto del formador como del alumno.