viernes, 18 de noviembre de 2011

Propiedad intelectual y derechos de autor

Ley 25.036 11-11-1998
Artículo 1º: A los efectos de la presente ley, las obras científicas, literarias y artísticas comprenden los escritos de toda naturaleza y extensión, entre ellos los programas de computación fuente y objeto; las compilaciones de datos o de otros materiales; las obras dramáticas, composiciones musicales, dramático-musicales; las cinematográficas, coreográficas y pantomímicas; las obras de dibujos, pintura, escultura, arquitectura; modelos y obras de arte o ciencia aplicadas al comercio o a la industria; los impresos, planos y mapas; los plásticos, fotografías, grabados y fonogramas; en fin; toda producción científica, literaria o didáctica, sea cual fuere el procedimiento de reproducción. La protección del derecho de autor abarcará la expresión de ideas, procedimientos, métodos de operación y conceptos matemáticos pero no esas ideas, procedimientos, métodos y conceptos en sí.
La ley 11.723 establece la protección de su régimen. Lo hace en términos generales, denominando “obras científicas, literarias y artísticas” a las creaciones intelectuales que tutela y abarcando en la categoría a “toda producción científica, literaria, artística o didáctica sea cual fuere el procedimiento de reproducción”.  El artículo incluye una lista de ejemplos de obras comprendidas en la definición, que tiene finalidad únicamente ilustrativa, siendo en este artículo y lista donde la ley N° 25.036 ha introducido las modificaciones más importantes.
Piratería informática: es la distribución o reproducción ilegal de las fuentes o aplicaciones de software para su utilización comercial o particular. Sea deliberada o no, la piratería informática es ilegal y está castigada por la ley.
Formas en las que se presentan las piraterías informáticas:
  • Duplicado de usuario con licencia para usuarios sin licencia
  • Distribución ilegal a través de internet
  • Distribución de versiones educativas especiales a clientes sin autorización
  • Distribución de fuentes o software falsos

Leyes de copyright: protegen al drama, la literatura, la música, la arquitectura, las esculturas y otras “obras intelectuales.” Estas leyes se diseñaron para asegurar que se reconozca y se recompense al artista por su obra.
Lo puede poseer el autor o el creador del trabajo, puede durar de entre 67 a 95 años.
Oficina de copyright de los Estados Unidos:
Derecho de autor: es un conjunto de normas jurídicas y principios que regulan los derechos morales y patrimoniales que la ley concede a los autores, por el solo hecho de la creación de una obra literaria, artística, científica o didáctica, esté publicada o inédita.  

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